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año:2011
 
institución:CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 12688 15 de diciembre 2011 DCA-3303 Ingeniero Carlos Acosta Monge Director Ejecutivo a. i. Consejo Nacional de Vialidad Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo contralor al contrato para la sustitución de puentes menores existentes en la Ruta Nacional No. 733, Sección: San Rafael (Guatuso)-Chimurría, jurisdicción de los Distritos de San Rafael y San Jorge, suscrito entre el Consejo Nacional de Vialidad y la empresa CODOCSA S. A., por un monto total de ¢ 1.534.226.696,96 (mil quinientos treinta y cuatro millones doscientos veintiséis mil seiscientos noventa y seis colones con noventa y seis céntimos), producto de la Licitación Pública No. 2011LN-000006-0DI00.. Damos respuesta a su oficio DIE-07-11-4132, del siete de noviembre de dos mil once, recibido en este órgano contralor en misma fecha, mediante el cual solicita el refrendo contralor para el contrato celebrado para la sustitución de puentes menores existentes en la Ruta Nacional No. 733, Sección: San Rafael (Guatuso)-Chimurría, suscrito entre el Consejo Nacional de Vialidad y la empresa CODOCSA S. A., por un monto total de ¢ 1.534.226.696,96 (mil quinientos treinta y cuatro millones doscientos veintiséis mil seiscientos noventa y seis colones con noventa y seis céntimos), derivado de la Licitación Pública No. 2011LN-000006-0DI00. Mediante DCA-3251 de fecha ocho de diciembre de dos mil once, este órgano contralor requirió información adicional la cual fue contestada de conformidad con los términos de los oficios DIE-07-11- 4607 y DIE-07-11-4609, de fecha trece de diciembre de dos mil once y catorce de diciembre de dos mil once respectivamente. I. Antecedentes Una vez revisado el expediente administrativo del procedimiento de contratación y el expediente de solicitud, se comprueba que en ellos constan los siguientes documentos y aspectos d ...
Fecha publicación: 20/12/2011
Fecha emisión: 15/12/2011
Documento: 12688-2011.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 12339 7 de diciembre, 2011 DCA-3234 Ingeniero Carlos Acosta Monge Director Ejecutivo a.i CONAVI Estimado señor: Asunto: Se refrenda el contrato de obra suscrito por el Concejo Nacional de Vialidad y CODOCSA Sociedad Anónima para la obra de sustitución de puentes menores de la Ruta Nacional No 247 Sección Campo Cinco-Puerto Lindo (siete puentes) Licitación Pública Nacional No 2011LN- 000003-ODI00 por la suma de ¢1.199.209.539.25. Nos referimos a su oficio DIE-07-11-4131 del 07 de noviembre de 2011, recibido el mismo día, mediante el cual solicita refrendo al contrato relacionado en el Asunto. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo constitucional respectivo al contrato anteriormente citado, bajo los siguientes comentarios y condiciones, a las cuales queda sujeto el refrendo conferido. I.- Consideraciones de la gestión: Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los aspectos siguientes: 1.-Se tuvo a la vista la certificación de contenido presupuestario emitida por el MBA Carlos Solís Murillo Director Financiero el día 3 de noviembre de 2011 por la orden de ¢ 1.199.209.539.25 de la Partida 50202 Vías de Comunicación Terrestre Solicitud de Compra #21571. En ese sentido, se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de estas contrataciones (ver folio 3142 del expediente administrativo). 2.- El contratista presentó la certificación de que se encontraba al día en las cuotas obrero patronales de la CCSS en la fecha de la firma del contrato, de las que se conserva copia. (ver folios 3141 y 3005 del expediente. La Administración deberá cerciorarse de que tal situación ...
Fecha publicación: 12/12/2011
Fecha emisión: 07/12/2011
Documento: 12339-2011.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 10724 1 de noviembre, 2011 DCA-2860 Licenciado Carlos Solís Murillo Director Ejecutivo a.i. Consejo Nacional de Vialidad Fax: 2281-3314 Estimado señor: Asunto: Se refrenda el contrato suscrito entre el Consejo Nacional de Vialidad y Purdy Motor S.A., compra de vehículos, por un monto de US$965.220, según Licitación Pública 2011LN- 000009-OCV00. Nos referimos a su oficio DIE-07-11-3864 del 19 de octubre del presente año, mediante el cual solicita el refrendo del contrato referido en el asunto. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva al contrato de marras, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente: 1) Este refrendo se otorga con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por el MBA Carlos Solís Murillo, Director Financiero (ver folio 765 del expediente administrativo). En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de esta contratación. 2) Es responsabilidad de esa Administración el verificar que el contratista se mantenga al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS (ver folios 746-766 del expediente administrativo). 3) Es responsabilidad de la Administración mantener vigente la garantía de cumplimiento (ver folios 738 al 745 del expediente administrativo). 4) El cumplimiento de las condiciones técnicas requeridas (ver folios 560 al 579, 588 al 596 del expediente administrativo). 5) Queda bajo responsabilidad de la Administración el desplegar las medidas de verificación necesarias para comprobar que no existen violaciones al régimen de prohibiciones, conforme lo establecido en los artículos 22, 22 bis, 36 y 62 de la Ley de Contratación Ad ...
Fecha publicación: 04/11/2011
Fecha emisión: 01/11/2011
Documento: 10724-2011.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 09311 28 de setiembre, 2011 DCA-2490 Ingeniero Carlos Acosta Monge Director Ejecutivo Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI) Fax: 2281-3314 Estimado señor: Asunto: Se concede refrendo a la adenda No.3 al contrato de la Licitación Pública No.2007LN- 000015-DI para el “Mejoramiento de la Ruta Nacional No.336, La Legua – Monterrey- San Andrés – San Antonio, Sección: Monterrey – San Antonio de León Cortés (Trabajos Finales)”, por un monto de ¢524.296.712,19 (quinientos veinticuatro millones doscientos noventa y seis mil setecientos doce colones con 19/100). Damos respuesta a su oficio DIE-07-11-2787 del 05 de agosto del presente año, por medio del cual de junio del 2011, recibido en esta Contraloría General el 29 de junio siguiente, mediante el cual se solicita el refrendo a la adenda No.3 al contrato de la Licitación Pública No.2007LN-000015-DI para el “Mejoramiento de la Ruta Nacional No.336, La Legua – Monterrey– San Andrés – San Antonio, Sección: Monterrey – San Antonio de León Cortés (Trabajos Finales)”. Complementado en respuesta a la solicitud de información DCA-2293 del 06 de setiembre de 2011, a través de los oficios DIE-07-11-3339 del 14 de setiembre del presente año mediante el que solicitan un plazo adicional para cumplir dicho requerimiento y el oficio DIE-07-11-3391 del 20 de setiembre del 2011 recibido al día siguiente, por medio del cual aportan certificación en la que consta que el contratista se encuentra al día en el pago de las obligaciones con la seguridad social. I. Criterio del Despacho Sobre el particular, es menester señalar que una vez efectuado el estudio de rigor, según lo dispuesto en los artículos 8 y 13 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, se concluye que el procedimiento efectuado se apega a las normas de contratación administrativ ...
Fecha publicación: 03/10/2011
Fecha emisión: 28/09/2011
Documento: 09311-2011.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase Al oficio N° 09235 27 de setiembre, 2011 DCA-2477 Máster Carlos Solís Murillo Director Ejecutivo a.i. Consejo Nacional de Vialidad Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo, por no requerirlo, prórroga automática al contrato de arrendamiento de edificio para oficinas suscrito entre el Consejo Nacional de Vialidad y la sociedad Improsa Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S. A. (Licitación Pública 036-2004). Nos referimos a oficio No. DIE-07-11-3109 mediante el cual remite para refrendo prórroga automática al contrato de arrendamiento de edificio para oficinas suscrito entre el Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI) y la sociedad Improsa Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S. A. I. Antecedentes i. En el año 2004, el Consejo Nacional de Vialidad promovió la licitación pública 36- 2004, para el arrendamiento de un edificio. Dentro de las “Condiciones especiales” del cartel, se determinó que el plazo del alquiler sería por 3 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y que la oferta se podía cotizar en dólares. ii. La Administración y la contratista suscribieron el contrato el 7 de julio de 2005. La cláusula sétima estableció que el arrendamiento sería por un plazo de 3 años, prorrogables automáticamente por periodos iguales. Asimismo en la cláusula novena se dispuso “En virtud de que la oferta adjudicada se presentó en dólares de los Estados Unidos de América, de conformidad con el artículo 73.3 de la Ley de Contratación Administrativa, no procede ningún tipo de reajuste. No obstante, cada 3 años las partes procederán a revisar el monto del arrendamiento con el fin de garantizar el principio de intangibilidad patrimonial de EL ARRENDADOR, previo estudio técnico realizado por la Dirección General de Tributación Directa del Ministerio de Hacienda, que justifique un aumento en la renta y que cuente con el r ...
Fecha publicación: 30/09/2011
Fecha emisión: 27/09/2011
Documento: 09235-2011.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Tesauro: Modificaciones sujetas a refrendo


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 08337 5 de setiembre, 2011 DCA-2265 Señor Carlos Acosta Monge Director Ejecutivo Consejo Nacional de Vialidad Estimado señor: Asunto: Se concede el refrendo a la adenda No. 1, del contrato de obra “Mejoramiento de la Ruta Nacional No 613, Sabalito-Las Mellizas” Licitación Pública No 2008LN-00001-DI, suscrito por el CONAVI y la empresa Constructora Hernán Solís S.R.L. En la Adenda se incorpora la Orden de Modificación No 3 en donde se aumenta el monto contractual en ¢572.589.517,33 que representa el 8.92% y se aumenta el plazo en 105 días. Nos referimos a su oficio DIE-07-11-2596, del 19 de julio de 2011 recibido en esta Contraloría General el día 20 del mismo mes y año, mediante el cual el Consejo Nacional de Vialidad, en adelante CONAVI, sometió al conocimiento del órgano contralor – para su aprobación - , la adenda número 1 al contrato de obra “Mejoramiento de la Ruta Nacional No 613, Sabalito-Las Mellizas” y al oficio No DIE-07-11-3107 del 30 de agosto de este año, mediante el cual responde a nuestra solicitud de información contenida en el oficio No DCA-2144 del 22 de agosto de 2011. Sobre el particular, conviene señalar: I. Antecedentes Contrato original. Mediante oficio No 11476-2008 del 31 de octubre de 2008, esta Contraloría General refrendó el contrato suscrito por el CONAVI y la empresa Constructora Hernán Solís S.R.L. por el monto contractual de ¢5.955.941.747 y el plazo de 320 días naturales. • Orden de Modificación No 1. Se modifica el objeto contractual agregando la suma de ¢565.069.758 que representa un 9.49% del monto original. (ver folios a 1888) • Orden de Modificación No 2. No alteran el monto, el plazo ni el objeto del contrato. (ver folios 1963 a 1968) • En lo referente al plazo se indica en el oficio DIE-07-11-3107 de ...
Fecha publicación: 08/09/2011
Fecha emisión: 05/09/2011
Documento: 08337-2011.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.06730 21 de julio, 2011 DCA-1883 Señor Carlos Acosta Monge Director Ejecutivo a.i. Consejo Nacional de Vialidad Estimado señor: Asunto: Se concede el refrendo a 22 contratos y 11 adendas, derivados de la Licitación Pública 2009LN-000003-CV, denominada “Conservación Vial de la Red Nacional Pavimentada por Precios Unitarios”. Nos referimos a su oficio DIE-07-11-1172 complementado por DIE-07-11-1617, DIE-07- 11-1784, DIE-07-11-1889, DIE-07-11-2441, DIE-07-11-2529, DIE-07-11-2530 y GCSV-40-2011- 2827, mediante el cual el Consejo Nacional de Vialidad, en adelante CONAVI, sometió al conocimiento de este órgano contralor – para su aprobación - , 22 contratos de la Licitación Pública 2009LN-000003-CV, denominada “Conservación Vial de la Red Nacional Pavimentada por Precios Unitarios”, suscritos con las siguientes empresas: • Constructora Hernán Solís S.R.L. (13 líneas) • Constructora Meco S.A. (6 líneas) • Consorcio Grupo Orosi (1 línea) • Concreto Asfáltico Nacional S.A. (1 línea) • Quebradores del Sur S.A. (1 línea) A. Sobre la presente gestión Realizado el análisis que corresponde a este órgano contralor, de conformidad con el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, y habiéndose tenido a la vista el presente oficio: i) DIE-07-11-1889 y documentación adjunta, se concede el refrendo a los siguientes contratos y sus respectivas adendas: • Constructora Hernán Solís S.R.L. Líneas No. : 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 13, 15, 18, 20, 21 y 22. • Constructora Meco S.A. Líneas No. 1, 2, 11, 12, 14 y 17. • Consorcio Grupo Orosi Línea No. 16 • Concreto Asfáltico Nacional S.A. Línea No. 19 • Quebradores del Sur S.A. Línea No. 9 2 La presente aprobación está sujeta al cumplimiento de las sig ...
Fecha publicación: 26/07/2011
Fecha emisión: 21/07/2011
Documento: 06730-2011.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 06254 11 de julio, 2011 DCA-1783 Licenciada Gabriela Trejos Amador Gerente a.i. Gerencia de Gestión de Asuntos Jurídicos CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD Estimada señora: Asunto: Se devuelven con refrendo tres contratos de obra pública para la rehabilitación de los puentes sobre los ríos Chirripó, Sucio y Torres respectivamente, todos suscritos por el CONAVI con las empresas CODOCSA S.A. y Constructora Hernán Solís S.R.L., respectivamente, producto de la licitación pública internacional 2008LI-000026-DI. Damos respuesta a sus oficios GAJ-12-2011-1073, GAJ-12-2011-1074 y GAJ-12- 2011-1075, mediante los cuales remite a esta Contraloría General para trámite de refrendo tres contratos para la rehabilitación de los puentes sobre los ríos Chirripó, Sucio y Torres, respectivamente, el primero suscrito por el Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI) con la empresa CODOCSA S. A. y los demás suscritos con la empresa Constructora Hernán Solís S. R. L., todos los contratos producto de la licitación pública internacional 2008LI-000026-DI. I. Antecedentes: Se observa que las contrataciones tienen como fundamento en el acuerdo de adjudicación tomado por el Consejo de Administración del CONAVI en la sesión No.809-11 del 24 de febrero del 2011. De conformidad con la información que consta en el expediente administrativo y la aportada en los oficios GAJ-12-2011-1325 del 1 de julio y GCTT-05-11-0457 del 30 de junio último, durante el trámite del refrendo ha quedado acreditado que la Administración licitante promovió la licitación considerando utilizar para las obras en el puente sobre el río Torres fibra de carbono como elemento de reforzamiento estructural, sin embargo, durante el proceso de estudio y análisis de las ofertas la Administración determinó adjudicar dicha obra excluyendo el suministro e instalación de la fibra de carbo ...
Fecha publicación: 14/07/2011
Fecha emisión: 11/07/2011
Documento: 06254-2011.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 05348 16 de junio, 2011 DCA-1548 Señor Carlos Acosta Monge Director Ejecutivo a.i. Consejo Nacional de Vialidad Estimados señores: Asunto: Se concede el refrendo a las adendas No. 2 y No. 3, del contrato de obra “Construcción de la nueva carretera San Carlos, Sección Sifón – Ciudad Quesada (La Abundancia)”, suscritos entre el CONAVI y la empresa Constructora Sánchez Carvajal S.A. Nos referimos a su oficio DIE-07-11-1430, complementado por las notas DIE-07-11-1478, GCTI- 11-0400 y DIE-07-11-1863, mediante el cual el Consejo Nacional de Vialidad, en adelante CONAVI, sometió al conocimiento del órgano contralor – para su aprobación - , la adenda número dos y posteriormente la número tres, del contrato de obra “Construcción de la nueva carretera San Carlos, Sección Sifón – Ciudad Quesada (La Abundancia)”, suscritos entre el CONAVI y la empresa Constructora Sánchez Carvajal S.A, en adelante SANCHEZ CARVAJAL. Dicha información fue valorada tanto por el equipo jurídico y de asistencia técnica de esta División, así como por funcionarios del Área de Infraestructura de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de esta Contraloría General, quienes aportaron la valoración de los aspectos de ingeniería y presupuestarios de esta gestión. Sobre el particular, conviene señalar: I. Antecedentes ? Origen. La negociación del contrato de obra que se adiciona mediante los documentos que hoy se conocen, data del año 2002, momento en el cual el Ministerio de Obras Públicas y Transporte, a partir de acuerdos con el Gobierno de la República de China (Taiwán), solicitó autorización a la Contraloría General para contratar la construcción de dicha obra, a la empresa RSEA Engineering Corporation, autorización que fue concedida mediante oficio ...
Fecha publicación: 21/06/2011
Fecha emisión: 16/06/2011
Documento: 05348-2011.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 05056 08 de junio de 2011 DCA-1472 Licenciado Manuel Castro Marín Subgerente Gestión de Asuntos Jurídicos Consejo Nacional de Vialidad Estimado señor: Asunto: Se concede refrendo condicionado al contrato, y adenda suscrita el día 10 de mayo del año 2011, entre el Consejo Nacional de Vialidad y la empresa Corporación Fiduciaria F.N.A. S. A., referente a la Licitación Pública 2011LN-000002-0PP00, denominada “Contratación de servicios de recaudación de tasa de peaje en las estaciones ubicadas en las carreteras: General Cañas (Alajuela), Florencio del Castillo (Tres Ríos), Braulio Carrillo (Zurquí), y Bernardo Soto (Naranjo)”. Nos referimos a su oficio No. GAJ-06-2011-736, mediante el cual solicita refrendo al contrato suscrito producto de la Licitación Pública No. 2011LN-000002-0PP00. La gestión presentada fue complementada a solicitud de este Despacho mediante oficios No. GAJ- 06-2011-00920, GAJ-06-2011-1034. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del “Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública” y realizado el análisis de rigor, devolvemos el contrato y adenda de referencia, debidamente refrendados y condicionados a los siguientes aspectos: 1. El refrendo se otorga bajo el entendido que todas las cláusulas del contrato suscrito originalmente, se mantienen incólumes a excepción de las cláusulas que por la adenda se modifican. 2. Es responsabilidad de esa Administración contar con el contenido presupuestario suficiente y disponible para atender las erogaciones provenientes de esta contratación, para lo cual deberán adoptarse las medidas pertinentes para dotar del contenido económico en períodos presupuestarios subsiguientes. 3. Se hace ver lo indicado en el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, cuando indica ...
Fecha publicación: 13/06/2011
Fecha emisión: 08/06/2011
Documento: 05056-2011.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM